Ayudas y subvenciones para emprender en la Comunidad Valenciana

LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación” ofrece a trabajadores por cuenta propia desempleados, ayudas para desarrollar su actividad.

El importe de la subvención se determinará en función de la pertenencia de la persona solicitante en el momento de alta como personal autónomo a alguno de los siguientes colectivos:

  1. Personas desempleadas en general: 2.500 euros.
  2. Personas desempleadas menores de 30 años o mayores de 45 años: 3.000 euros.
  3. Personas desempleadas con diversidad funcional: 3.500 euros.
  4. Mujeres desempleadas víctimas de violencia de género: 4.500 euros.

Los importes establecidos en las letras (a, b, c) se incrementarán en 500 euros en el caso de las mujeres.

Ayudas al emprendimiento por CCAA

Si quieres acceder a ayudas y subvenciones al emprendimiento de otras comunidades, puedes hacerlo pulsando en la CCAA correspondiente.

AndalucíaAragón Asturias
Islas BalearesIslas CanariasCantabria
Castilla y LeónCastilla -La ManchaCataluña
Com.ValencianaExtremaduraGalicia
MadridMurciaNavarra
País VascoLa Rioja

 

Esta información se ha recopilado para facilitar el estudio de las ayudas y subvenciones a las que los emprendedores pueden optar, Dynamic no se hace responsable de las condiciones y actualizaciones de las ayudas mostradas. No implica relación con ningún organismo.

Ayudas y subvenciones para emprender en el País Vasco

En el País Vasco encontramos el “Programa fomento del autoempleo. Ayudas a la puesta en marcha y creación de empresas”. Del cual son beneficiarios las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluidos empresarios individuales, profesionales y comunidades de bienes y sociedades civiles del Territorio Histórico de Bizkaia.

La cuantía de la subvención es de 5.000 euros por entidad beneficiaria, pudiéndose incrementar en 2.000 euros por cada persona socia o promotora que no haya realizado el curso de formación y asesoramiento, pero que cumpla todos los requisitos establecidos en el Decreto, hasta un máximo de cinco personas socias o promotoras. La subvención máxima por entidad beneficiaria será de 15.000 euros.

Ayudas al emprendimiento por CCAA

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Ayudas y subvenciones para emprender en Navarra

La Comunidad Foral de Navarra incluye el programa de “Subvenciones para la promoción de empleo autónomo” que se dirige a personas desempleadas e inscritas en una de las Agencias del Servicio Navarro de Empleo – Nafar Lansare (SNE-NL) que se establezcan como autónomas.

La cuantía de las subvenciones será diferente en función de los colectivos a los que se dirija:

  • Con carácter general: 2.000 euros.
  • Jóvenes de 30 años o menos, personas mayores de 45 años y desempleados de larga duración: 2.200 euros.
  • Mujeres: 2.500 euros.
  • Personas con discapacidad: 3.000 euros.
  • Perceptores de la Renta de Inclusión Social o análoga prestación: 3.000 euros.
  • Mujeres víctimas de violencia de género: 3.500 euros.

En el caso de que algún beneficiario se encontrara en más de uno de los colectivos señalados, se le concederá la subvención que corresponda al mayor importe.

Ayudas al emprendimiento por CCAA

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Ayudas y subvenciones para emprender en Murcia

La Región de Murcia ofrece a través de su programa “Subvención para el fomento del empleo autónomo” subvenciones para los trabajadores por cuenta propia que estén dados de alta en el RETA y además tengan inversiones de inmovilizado material mayores de 2.500 euros.

La cuantía de las mismo es diferente según el sexo:

Hombres:

  • Hasta 3.000 euros para menores de 30 años, de 45 a 54 años y de 30 a 44 años parados de larga duración. Si la inversión es superior a 5.000 euros, la subvención se incrementa hasta 6.000 euros.
  • Máximo de 4.000 euros para discapacitados, de 45 a 54 años parados de larga duración y de 55 o más años. Hasta 8.000 euros si la inversión alcanza o supera los 5.000 euros.
  • Hasta 3.000 euros en general y 6.300 euros (inversiones superiores a 5.000 euros) cuando se trate de personas que pertenezcan a un colectivo incluido en alguna Iniciativa o Plan de la Administración Regional de fomento del empleo, así lo prevea, o bien, que hayan participado con aprovechamiento en un programa o Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo, y no hayan transcurrido doce meses desde la finalización.

Mujeres:

  • Hasta 3.500 euros con carácter general y 7.000 euros si la inversión alcanza o supera 5.000 euros.
  • Máximo de 4.500 euros para discapacitadas, paradas de larga duración de 45 a 54 años y mujeres de 55 o más años. Hasta 9.000 su la inversión alcanza o supera los 5.000 euros.
  • Estas cantidades se incrementan un 10% para víctimas de violencia de género.
  • Hasta 3.800 euros y 7.600 euros (inversiones superiores a 5.000 euros) cuando se trate de personas que pertenezcan a un colectivo incluido en alguna Iniciativa o Plan de la Administración Regional de fomento del empleo, así lo prevea, o bien, que hayan participado con aprovechamiento en un programa o Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo, y no hayan transcurrido doce meses desde la finalización.

Ayudas al emprendimiento por CCAA

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Ayudas y subvenciones para emprender en Madrid

La Comunidad de Madrid a través de su programa “Ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia” subvenciona parte de los gastos para la puesta en marcha de la actividad empresarial. Pueden solicitar esta ayuda:

  • Personas físicas desempleadas que se den de alta como trabajadores autónomos, en el régimen que corresponda en la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.
  • Personas previstas en el punto anterior que sean miembros de sociedades civiles o de comunidades de bienes. También los socios de sociedades mercantiles, siempre y cuando no sean miembros del órgano administrador de la sociedad.

Las cantidades a percibir son:

COLECTIVOIMPORTE MÁXIMOIMPORTE MÍNIMO
 

Trabajador por cuenta propia en general

 

2.500 euros

 

750 euros

Jóvenes desempleados menores de 30 años, mujeres desempleadas, desempleados mayores de 45 años, parados de larga duración, mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo y personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33% 

 

 

3.080 euros

 

 

 

750 euros

 

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Ayudas y subvenciones para emprender en La Rioja

En La Rioja cuentan con el “Programa de promoción del empleo autónomo”, del cual serán beneficiarios las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, en el Servicio Riojano de Empleo, cuando se establezcan como trabajadores por cuenta propia en el RETA o Mutua del Colegio Profesional correspondiente de la Comunidad Autónoma de la Rioja.

El límite de la subvención hasta un máximo de 10.000 euros, se determinará por el Servicio Riojano de Empleo, graduándose en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo del solicitante de acuerdo con la siguiente escala:

  1. Hasta 5.000 euros para desempleados en general.
  2. Hasta 6.000 euros para jóvenes desempleados de 30 o menos años.
  3. Hasta 7.000 euros para mujeres desempleadas.
  4. Hasta 8.000 euros para desempleados con discapacidad o pertenecientes a colectivos en situación o riesgo de exclusión.
  5. Hasta 10.000 euros para mujeres desempleadas con discapacidad o pertenecientes a colectivos en situación o riesgo de exclusión.

En el caso de mujeres víctimas de violencia de género, las cantidades de las letras (c y e) se incrementarían un 10%.

Ayudas al emprendimiento por CCAA

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Ayudas y subvenciones para emprender en Galicia

La Xunta de Galicia subvenciona ayudas a través del “Programa de promoción del empleo autónomo”, del cual pueden ser beneficiarios: personas dadas de alta en el RETA, en cualquier otro régimen especial por cuenta propia de la Seguridad Social o en una mutualidad de colegio profesional que se encuentren desempleadas.

La cuantía de las subvenciones será:

  • 2.000 euros para personas desempleadas en general.
  • 4.000 euros para el caso de personas desempleadas que se encuentran en alguno de los siguientes colectivos: personas menores de 30 años y personas desempleadas de larga duración, con discapacidad y en riesgo de exclusión social.

La cuantía base correspondiente se incrementará en un 25% si: la persona incorporada es una mujer, en caso de que el centro de trabajo de la persona autónoma esté situado en un ayuntamiento rural, personas mayores de 45 años, si la persona incorporada es una emigrante retornada y si es una persona transexual. Estos cinco elementos son acumulables y de este modo la cuantía máxima posible, de aplicarse todos los incrementos, sería de 9.000 euros.

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Ayudas y subvenciones para emprender en Extremadura

Con el programa “Ayuda al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas”, el Gobierno de Extremadura establece como beneficiarios a personas desempleadas que inicien una actividad empresarial como trabajador por cuenta propia y estén encuadrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, RETA. Estas deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener cumplidos 18 años.
  • Haber figurado inscrita como demandante de empleo en los Servicios Públicos de Empleo, careciendo de ocupación efectiva según el informe de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social y encontrarse en tal situación en el momento en que se produzca el Alta en RETA.
  • Desarrollar la actividad económica en Extremadura, entendiendo por tal tener domicilio, sede social o al menos algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Así mismo, a fecha de Alta en el RETA, salvo que la ley establezca fechas distintas, las personas beneficiarias no podrán estar incursas en alguna de las circunstancias que contempla el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Al objeto de acreditar el cumplimiento de los citados extremos, deberán presentar una declaración responsable dirigida al órgano que ha de conceder la subvención, de acuerdo con el modelo establecido en el anexo de solicitud.

La cuantía figura de la siguiente forma:

  • 8.000 euros, para mujeres.
  • 7.500 euros para: desempleados con discapacidad, jóvenes menores de 30 años, desempleados de 52 o más años, desempleados con domicilio de actividad en municipios de menos de 5.000 habitantes, desempleados extremeños que hayan retornado de la emigración a la Comunidad Autónoma de Extremadura en los últimos 4 años, desempleados que hayan finalizado en los últimos doce meses anteriores a la incorporación como trabajador autónomo en alguno de los programas financiados por SEXPE, desempleados que hayan finalizado en los últimos doce meses anteriores a la incorporación como trabajador autónomo en proyectos innovadores y fomento del empleo en el ámbito local y parados de larga duración.
  • 5.000 euros, para desempleados no incluidos en apartados anteriores.

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Ayudas y subvenciones para emprender en Castilla y León

El Gobierno de Castilla y León en su programa “Subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a Fomentar el Desarrollo de Actividades Económicas por cuenta propia 2019”, destaca que los beneficiarios deben ser personas físicas que se establezcan por cuenta propia, y se hayan dado de alta en el RETA. Además, deben pertenecer a alguno de estos colectivos:

  • Menores de 35 años de edad.
  • Personas de entre 35 y 44 años de edad, ambas inclusive, que sean desempleadas de larga duración que figuren como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo durante 12 meses ininterrumpidos anteriores al día de inicio de la actividad.
  • Personas de 45 o más años de edad.

Con respeto a las cuantías:

  • 4.000 euros si el beneficiario es menor de 35 años, persona de entre 25 y 44, ambos inclusive, que sea desempleado de larga duración, o si tiene 45 años o más de edad.
  • 3.000 euros si el beneficiario es una persona de entre 35 y 44 años, ambos inclusive, no desempleados de larga duración, que haya permanecido inscrito como desempleado en el Servicio Público de Empleo durante 3 o más meses ininterrumpidos, inmediatamente anteriores al inicio de la actividad.

Las cuantías mencionadas anteriormente pueden incrementarse.

  1. En 500 euros si se trata de:
    • Persona de 45 o más años de edad, que no perciba prestación contributiva por desempleo o subsidio.
    • Desempleado de larga duración que no perciba prestación contributiva por desempleo.
    • Solicitante cuyo centro de trabajo o establecimiento radique en alguno de los territorios y zonas geográficas más desfavorecidas.
    • Desempleado de larga duración y se halle en riesgo de exclusión social o tenga dificultades de integración.
  1. En 1.500 euros, si la beneficiaria es una mujer.
  2. De 1.500 euros, si se trata de un emigrante castellano y leonés retornado.
  3. En 1.500 euros, si el día del inicio de la actividad el beneficiario es menor de 35 años.
  4. 3.000 euros, si el día de inicio de la actividad, el beneficiario tiene 55 años o más.

Ayudas al emprendimiento por CCAA

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Ayudas y subvenciones para emprender en Castilla-La Mancha

El Gobierno Regional de Castilla-La Mancha ofrece a través de su portal web “Ayudas para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas”. Los destinarios serán: personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas que realicen la actividad en nombre propio y las personas físicas que formen parte, en su calidad de trabajadoras autónomas, de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales. Además, deben cumplir los siguientes requisitos:

  • figurar inscritos en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha como demandantes de empleo, no ocupados, el día anterior al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.
  • Haber causado alta en el RETA
  • No haber simultaneado la actividad empresarial con cualquier otra actividad por cuenta ajena por un periodo superior a 96 días dentro del plazo de un año a contar desde la fecha de alta en el RETA o en la mutualidad.
  • No haber sido beneficiario de ayudas para el fomento del autoempleo de la junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en los 2 años anteriores a contar desde la fecha de presentación de la solicitud, salvo que se trate de una nueva actividad o cambio de localidad del negocio.

Cumpliendo los requisitos anteriormente mencionados, las cuantías son las siguientes:

  • 3.500 euros, cuando el beneficiario sea un hombre, que se incrementarán en 600 euros cuando el hombre tenga condición de persona con discapacidad.
  • 4.500 euros, cuando la beneficiaria sea una mujer, que se incrementarán en 800 euros cuando la mujer tenga condición de persona con discapacidad, y en 500 euros más cuando la mujer tenga acreditada la condición de víctima de violencia de género.

Estas subvenciones se incrementarán en 500 euros cuando la persona tenga condición de desempleada de larga duración, o sea una persona en situación de riesgo de exclusión social.

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